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SUBVENCIONES PARA EMPRESAS

Reapertura del plazo para la solicitud de incentivos para el Autoconsumo Fotovoltaico

En fecha 12/05/2021 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) Resolución de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía mediante la cual se dota con 30 millones de euros adicionales la convocatoria de incentivos para actuaciones de aprovechamiento de energía renovable, solar, tanto en las líneas de incentivo de Construcción Sostenible como en Pyme Sostenible. Estos nuevos fondos forman parte del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020, dentro del Objetivo Temático REACT-UE para favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde.

 

Subvenciones placas solares Andalucía 2022

[ACTUALIZACIÓN MARZO 2022]


Como ya hemos dicho, la Agencia Andaluza de la Energía ha aumentado el presupuesto con 30 millones de euros adicionales para la presente convocatoria de subvenciones para instalar placas solares en Andalucía.


Estos incentivos para el aprovechamiento de energía solar renovable están destinados tanto a la línea de Construcción Sostenible (con 20 millones de euros) como con la línea destinada a PYME Sostenible con otros 10 millones de euros.



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Vamos a resumir aquí de forma esquemática, las principales características que rigen estas subvenciones para la instalación de placas solares en Andalucía:

Tabla de contenidos:


  • 1 Objeto de las subvenciones.
  • 2 Conceptos subvencionables.
  • 3 Tipos de instalaciones subvencionadas.
  • 4 Plazo de presentación de solicitudes.
  • 5 Beneficiarios.
  • 6 Cuantías de las ayudas.
  • 7 Requisitos para la obtención de las ayudas.
  • 8 Método de adjudicación de las ayudas.
  • 9 Trámites a seguir.
  • 10 Gastos subvencionados.
  • 11 Inicio y ejecución de la inversión.
  • 12 Autorizaciones preceptivas.
  • 13 Formas de justificación de la inversión.
  • 14 Financiación de entidades financieras.
  • 15 Método de Cobro de las ayudas.
  • 16 Órgano gestor.



Objeto de las subvenciones.


Se persigue con estas ayudas estimular las inversiones de particulares, empresas y entes públicos para mejorar la eficiencia energética tanto de edificios privados como públicos, así como promover el aprovechamiento de las energías renovables para producir ahorros en el gasto energético de las empresas, los particulares y las administraciones públicas.



Conceptos subvencionables.


Es muy amplio el catálogo de las inversiones subvencionables, entre ellas se encuentran las siguientes:


☼ Obras de adecuación para reducir la demanda de energía en los edificios, en los que se incluyen, entre otras:

  • Sistemas para la generación de electricidad.
  • Sistemas de generación de calor con destino al autoconsumo.
  • Dotaciones para mejorar la iluminación interior o exterior de los edificios.


☼ Actuaciones para la evaluación de la eficiencia energética

☼ Mejoras energéticas de los edificios a través de empresas de servicios energéticos.



Tipos de instalaciones subvencionadas.


Son muy numerosas las actuaciones relacionadas con la eficiencia energética que pueden acogerse a estas subvenciones y que se pueden consultar en la página oficial de la Agencia Andaluza de la Energía. Por su gran número vamos a relacionar aquí sólo las que Cambio Energético puede suministrar y en las que viene interviniendo con éxito:


  • Instalaciones de paneles solares para autoconsumo fotovoltaico
  • Instalaciones de biomasa para calefacción y otros usos.
  • Instalaciones de paneles solares para la producción de calor con destino al agua caliente u otros usos.
  • Instalaciones con paneles solares o aerogeneradores para autoconsumo en viviendas o industrias urbanas desconectadas de la red eléctrica.
  • Sistemas de refrigeración de alta eficiencia energética.
  • Instalaciones de iluminación interior o exterior de los negocios con sistemas basados en la tecnología LED, no aplicable a las viviendas.
  • Instalaciones de seguimiento online de la producción y de los consumos de energía para mejorar su eficiencia y el ahorro energético.
  • Mejora de instalaciones de energías renovables y combinaciones de varias de ellas para conseguir la mayor eficiencia energética.



Plazo de presentación de solicitudes.


Las subvenciones están abiertas y permanecerán así hasta que se agoten los fondos, por lo que es importante que si estás interesado te des prisa antes de que se acaben los fondos para no quedarte fuera.


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Beneficiarios.


  • Personas físicas
  • Comunidades de propietarios
  • Comunidades de bienes
  • Empresarios autónomos
  • Pymes
  • Gran Empresa
  • Entidades del sector público local.


Cuantías de las ayudas.


Pregúntenos para conocer la cuantía existente en cada momento.



Requisitos para la obtención de las ayudas.


En el caso de la subvención para particulares, queda excluida la obra nueva y solo se incluirá la primera vivienda (aquella en la que está empadronado y aparece en el DNI).


En el caso de la subvención para autoconsumo en empresas,  esta tendrá que ser una instalación nueva, aislada o conectada a la red y pueden incorporar o no elementos de acumulación de energía como baterías de litio u otro tipo.



Método de adjudicación de las ayudas.


Estas subvenciones se adjudicarán de forma directa, según se vayan completando la documentación necesaria y se hayan comprobado los requisitos exigidos.



Trámites a seguir.

Los trámites se efectuaran exclusivamente de forma telemática ante la Agencia Andaluza de la Energía por las empresas colaboradoras que, como Cambio Energético, se hayan inscrito y hayan sido homologadas por dicho organismo. Contacta con nosotros sin compromiso para más información.



Gastos subvencionados.


Todos aquellos que sean necesarios para la ejecución de la actuación, así como un porcentaje sobre los gastos que supongan la elaboración de los estudios, proyectos y dirección facultativa.

Se subvenciona el IVA a los particulares pero no a las empresas dado que estas pueden recuperarlo en sus declaraciones.



Inicio y ejecución de la inversión.


Se puede dar inicio a las instalaciones o las dotaciones una vez que se solicite la subvención.



Autorizaciones preceptivas.


Las instalaciones deben contar con la habitual licencia de obras, licencia administrativa etc.



Formas de justificación de la inversión.


Para justificar los gastos realizados, se aportará una cuenta justificativa simplificada para los incentivos de menos de 60.000 €, y para los superiores a esta cantidad, deberá aportarse además, un informe de un auditor externo.



Financiación de entidades financieras.


Es posible financiar la inversión a través de entidades de crédito justificando los pagos adecuadamente.



Método de Cobro de las ayudas.


El beneficiario cobrará la ayuda inmediatamente para las inversiones de menos de 18.000 € ya que los vendedores y proveedores de los servicios o las dotaciones tienen que haberse dado de alta como empresas colaboradoras del programa y están obligados a descontar de las facturas que emitan el importe de la subvención en su totalidad. En el caso de inversiones que superen la cantidad citada, el proveedor tiene que descontar en la factura el 50 % de la ayuda concedida sin poder superar los 6.000 €, el resto de la subvención el beneficiario lo recibirá directamente de la Consejería una vez justificada la inversión.



Órgano gestor.


La Dirección de Promoción y Financiación de Actuaciones Energéticas de la Agencia Andaluza de la Energía.


 Bases reguladoras en el siguiente enlace. 



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